PSICOLOGIA - La vida personal es un constante aprendizaje
LEYES DE FORMACION Y EXTINCION DE REFLEJOS CONDICIONADOS
Desde el momento en que descubrió ese importantísimo hecho, Pavlov dedicó todas sus
energías y las de sus colaboradores al estudio sistemático de las leyes que regulan la
formación y la extinción (desaparición) de los reflejos condicionados en los animales
superiores y en
el hombre. En un trabajo de divulgación como éste no parece oportuno
extenderse en su descripción, pero tampoco sería justo omitirlas totalmente, pues su
conocimiento constituye el aporte más fundamental que la neurofisiología actual brinda al
psicólogo, hasta el punto de que su aplicación al campo de la educación, la psicotecnia y la
psiquiatría ha proporcionado ya considerables ventajas.
Antes que nada debemos dar la primera ley: es condición imprescindible para la formación
del reflejo condicionado que exista un cierto grado de capacidad funcional del sistema
nervioso y, más concretamente, de la corteza cerebral (ello explica por qué no se forman
reflejos condicionados durante el sueño ni en los grados profundos de debilidad mental ni,
tampoco, en los estados de fatiga o alteración lesional de los centros cerebrales superiores).
Dice la segunda ley: "para la formación del reflejo condicionado se requiere que no solamente
el estímulo condicionante anteceda al estímulo absoluto en la producción de la respuesta un
determinado número de veces sino que, una vez constituida la asociación que permite dar
efectividad a aquél, vea su acción, de vez en cuando, reforzada por la presencia del estímulo
absoluto". Eso significa que precisa que la experiencia revalorice periódicamente al signo
anticipador del acto, pues de otro modo este último se hace "en el vacío", no se acompaña de
satisfacción ni provecho biológico (el animal o el hombre no siente confirmada su esperanza)
y entonces por resultar inadecuado desaparece o se extingue espontáneamente la
condicionalización refleja, de manera que solamente vuelve a ser efectivo el estímulo
primitivo o absoluto.
La tercera ley afirma: "para la formación de un reflejo condicionado se requiere que el centro
nervioso del que parte (por la acción del estímulo absoluto) el impulso secretor o motor que
constituye el acto de respuesta refleja esté en máxima actividad". Ello significa, en términos de
Psicología, que para aprender se necesita tener un interés en el resultado del aprendizaje. Esta
afirmación es fundamental y orienta toda la educación moderna. No basta con colocar a un
niño o a un adulto en situación de que pueda aprender; se requiere además que, por uno u
otro motivo, quiera o necesite (biológicamente hablando) aprender. Por eso, como los actos
necesarios para asegurar la vida (alimentación, respiración, sueño, etc.) son los que más se
necesitan, son también los que más pronto se aprenden a realizar. Les siguen en importancia
los movimientos de traslación (marcha) y de expresión (lenguaje), que son aprendidos en
segundo lugar. Es más, la base nerviosa, es decir, las pautas de reacción refleja, para asegurar
esos primeros actos, se encuentra ya predeterminada en el sujeto al nacer y constituye un
especial equipo de series de movimientos llamados "reflejos", que surgen directamente en el
Ser, constituyendo los denominados "actos instintivos" (deglutir, vomitar, toser, defecar,
respirar, etc.).
La vieja sabiduría popular había expresado uno de los efectos de esta ley con el dicho de
"nadie escarmienta en cabeza ajena", o sea, que nadie crea un reflejo condicional negativo si no
es a base de estar en juego o en peligro la satisfacción de una necesidad personal.