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DERECHO PUBLICO - Relaciones Exteriores
ORGANOS DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES
Para atender las relaciones exteriores, existe en todos los Estados un departamento especial
que tiene distintas denominaciones: Ministerio de Relaciones Exteriores en Argentina, Bolivia
y Chile; Secretaria de Relaciones Exteriores en Panamá; Ministerio de Negocios Extranjeros en
Francia; Departamento de Estado en Norteamérica; Departamento de Relaciones Exteriores en
España; Foreign Office en Gran Bretaña; hasta no hace mucho, Comisaría de Relaciones
Exteriores en Rusia, pues ya pasó a ser Ministerio.
Las funciones generales de un Ministerio de esta clase, llamado también Cancillería, suelen
ser: cultivar las buenas relaciones con las naciones extranjeras; recibir a sus agentes
diplomáticos y conceder el "exequátur" a sus funcionarios consulares; intervenir en el
nombramiento de los agentes diplomáticos y consulares nacionales; mantener la
correspondencia con los diplomáticos; negociar los tratados internacionales y velar por su
cumplimiento; proteger a los ciudadanos residentes en países extranjeros, etc.
La organización de los ministerios de Relaciones Exteriores varía de un Estado a otro, pero
todos tienen rasgos comunes. Generalmente cuentan con un Ministro o Secretario de Estado,
uno o varios subsecretarios, director general u oficial mayor, directores de División o Sección,
consejeros, traductores, habilitados, archiveros, etc.