DERECHO PUBLICO - Opinión pública
LIBERTAD DE PALABRA
La libertad de la palabra, verbal o escrita, figura en la Declaración francesa de 1789 como uno
de los derechos del hombre. "Nadie dice debe ser molestado por sus opiniones, aun las
religiosas, con tal que su manifestación no perturbe el orden público establecido por la ley. La
libre comunicación de pensamientos y opiniones es uno de los derechos más preciosos del
hombre; todo ciudadano puede, pues, hablar, escribir, imprimir libremente, salvo responder
por el abuso de esta libertad en los casos previstos por la ley". La libertad de palabra figura
también en la Enmienda Primera de la Constitución de Estados Unidos. Y, aunque la
Constitución argentina sólo menciona la libertad de imprimir, debe entenderse que abarca
también la de hablar libremente. Así se desprende de lo que expresó el redactor de la
Convención Provincial Constituyente de 1860, cuando manifestó: "Siendo la palabra, escrita o
hablada, uno de los derechos naturales de los hombres que deriva de la libertad de pensar, se
halla comprendida entre los derechos intransferibles". No podría ser de otro modo, porque
sin libertad de palabra no puede haber gobierno republicano, ni derecho de reunión, ni
sufragio libre, ni libertad de enseñanza, ni manifestación del pensamiento humano.